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99% de éxito

Reclama tu Hipoteca con IRPH

El TJUE ha dictado sentencia y la resolución ha sido favorable a los consumidores, dado que la UE afirma que ha sido una práctica abusiva.

Las cantidades a recuperar varían en función de la Hipoteca y plazo. Por ejemplo, en una Hipoteca de 100.000 € con vencimiento a 20 años con interés IRPH + 1 (1,957 + 1 = 2,957) la cuota sería de 552,60 €. En este caso, si no tenemos este índice, y tomamos el valor Euribor +1 (-0,048% + 1 = 0,952) la cuota sería 457,67 €. Es decir, estarías pagando de más y perdiendo 94,93 € al mes; un total de 1.139,16 € al año. Cantidad que hay que multiplicar por el número de años que has estado pagando tu hipoteca.

¿Cómo reclamo mi dinero?

Es muy sencillo:
1

Rellena el formulario
sin compromiso.

Te asignaremos un abogado que te asesorará en todo el proceso.
2

Negociamos con tu Banco
para intentar llegar a una solución amistosa.

3

Si no hay acuerdo presentamos una demanda judicial.

4

Solo cobramos
si ganamos tu caso.

Nos encargamos de todo el proceso.
IRPH

¿Tengo que pagar para iniciar mi reclamación?

NO, solo cobramos cuando ganamos.
En reclamaciones de Hipotecas con IRPH hay cinco posibilidades:
1

Consulta y estudio de viabilidad gratuito para que recuperes tu dinero

0€
-
2

Acuerdo Extrajudicial por el que recuperamos tu dinero

-
10% (+IVA) de la cantidad que se reconozca
3

Sentencia judicial favorable con condena en costas (más del 80% de los casos):

0€
NO PAGAS NADA
Nuestros honorarios y los del Procurador los cubre el banco condenado
4

Sentencia judicial favorable sin condena en costas (menos del 20% de los casos):

-
· 299€ (+IVA) honorarios para el Procurador y Gastos

· Cobramos el 15% (+IVA) de la indemnización conseguida
5

Si no ganamos,
¡no cobramos nada!

0€
-
¿Alguna duda sobre tu reclamación en Hipotecas con IRPH?

El IRPH es el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH). Ha sido utilizado en los préstamos hipotecarios por muchas entidades bancarias y cajas de ahorro de España. Es importante saber que aunque las cajas de ahorro hayan desaparecido, las Hipotecas que se emitieron en cualquier caja de ahorro lo pueden tener y por lo tanto, lo siguen teniendo y pagando.

Su problema nace de su poca transparencia. Cuando los consumidores iban a una entidad Bancaria o a una Caja de Ahorro a firmar la Hipoteca, éstas no les informaban adecuadamente o lo vendían como un índice estable frente a los cambios que podía experimentar el Euribor. Además, es importante tener en cuenta que es un índice superior al Euribor, por lo tanto siempre que se haya aplicado el índice del IRPH el consumidor ha pagado de más.

Se considera una práctica consciente en ocultar información de cómo calcular el tipo de interés, de comunicar con transparencia su evolución y de cómo podía ser.

Se estima que para Junio de este 2019, haya sentencia por parte del TJUE en referencia al IRPH de las Hipotecas.

No, las cantidades son mucho más altas que la media recuperada por Cláusula Suelo.

En las Hipotecas suele aparecer en LA CLÁUSULA de INTERÉS VARIABLE.

Suele venir citado de esta forma: “Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para la adquisición de vivienda libre, concedidos por las entidades de crédito en España”.

Si crees que puedes ser uno de los afectado por el índice del IRPH en tu Hipoteca, contacta con nosotros. Nuestros abogados especializados analizan tu Hipoteca en 24H sin compromiso, te calculamos cuánto estás pagando de más.

Si el índice el declarado por el TJUE como abusivo, sí, puedes reclamar y recuperar tu dinero pagado de más.

Debes saber que había 3 tipos de IRPH. El de Cajas, el de Bancos y el de Entidades. En 2013 desaparecieron el de Cajas y Bancos.

En cambio, el de entidades no ha desaparecido y se sigue aplicando.

A los consumidores que se les aplico el IRPH de Cajas y Bancos en caso de sentencia favorable del TJUE, podrán reclamar todo lo que les cobraron de más hasta 2013 que fue cuando dejó de aplicarse.