El Blog de Winu
Renta 2016

¿Sabes cómo debes de hacer la Renta 2016 si te han devuelto tu Cláusula Suelo?

Desde hace poco, Hacienda está contactando con los usuarios que ya han recuperado el dinero cobrado de más en las cláusulas suelo por la campaña de Renta de este año 2016.

A raíz de ver este mensaje, muchos de nuestros clientes se han alarmado.

Pero desde Winu, queremos transmitir tranquilidad, ya que las cantidades recuperadas de las Cláusula Suelo y los intereses indemnizatorios no se integrarán en la base imponible, por lo tanto no tributan.

Desde la Agencia Tributaria, han informado que “no se debe incluir en la declaración del IRPF ni las cantidades que los usuarios hayan percibido por la devolución de los intereses pagados, ni los intereses indemnizatorios reconocidos por aplicación de cláusulas suelo de interés”.

 

Como casi todo, esto no sirve para todos los casos ya que existen algunas excepciones, como por ejemplo:

  1. Cuando recuperaste tu dinero lo incluyeron en la base de deducción por vivienda habitual. Aunque no afectará a los que decidieron destinar ese dinero que pagaron de más a la amortización de su préstamo.
  2. Si cuando hiciste tu declaración de la renta en años anteriores incluiste el dinero pagado de más en gastos deducibles.

La Agencia Tributaria ha dicho que “si el contribuyente ya hubiese regularizado dichas cantidades por tener una sentencia anterior podrá instar la rectificación de sus autoliquidaciones solicitando la devolución de los intereses de demora satisfechos y, en su caso, la modificación de los intereses indemnizatorios declarados como ganancia”

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MARIA JESUS G - Abogada