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OBLIGACIONES SUBORDINADAS CAJA MADRID 2010

OBLIGACIONES SUBORDINADAS CAJA MADRID 2010

En este post hablaremos de las obligaciones subordinadas de 2010 de Caja Madrid (actualmente Bankia). ¿Qué son? ¿Te has visto afectado por este producto? En Winu te explicaremos todo lo que necesitas saber.

¿QUÉ SON LAS OBLIGACIONES SUBORDINADAS 2010 DE CAJA MADRID?

Las obligaciones subordinadas son productos financieros de renta fija a largo plazo. Su fecha de vencimiento se prefija previamente y en general es de varios años.

Este tipo de producto ofrece una mayor rentabilidad que otros activos de deuda.

Sin embargo, a cambio de una mayor rentabilidad se pierde capacidad de cobro en caso de insolvencia o de extinción de la sociedad emisora.

CARACTERÍSTICAS

Las obligaciones subordinadas 2010 de Caja Madrid se caracterizaban por tener un importe nominal de 1.000 euros, ofreciendo una remuneración fija y variable con liquidaciones trimestrales.

Las obligaciones subordinadas no pueden venderse antes de su fecha de vencimiento. La única forma de recuperar el importe invertido en las obligaciones subordinadas es la de la venta en el mercado secundario oficial (la Asociación de Intermediarios de Activos Financieros). El funcionamiento de este mercado es parecido al del mercado de valores, no obstante, tiene poca liquidez y escasos compradores y vendedores. Todo esto hace que sea muy complicado deshacerse de estos productos.

Además, en caso de situación de concurso de la empresa los poseedores de obligaciones subordinadas se sitúan detrás de todos los acreedores comunes. Es decir, si la sociedad emisora de los valores no pudiera hacer frente a sus pagos, los acreedores comunes y los titulares de obligaciones simples tendrían preferencia en el cobro.

PROBLEMAS

Las obligaciones subordinadas 2010 de Caja Madrid son valores negociables de carácter no participativo, híbridos y complejos. Solo están garantizadas por el banco emisor y no quedan protegidas por el Fondo de Garantía de Depósitos.

Por este motivo, en caso de quiebra el inversor perdería todo el capital invertido.

En 2010, el año de su emisión, la CNMV (Comisión Nacional del Mercado de Valores) advirtió sobre el riesgo de adquirir este producto, ya que la rentabilidad que ofrecía podía resultar inferior a lo que en aquel momento exigían los inversores profesionales y cualificados, atendiendo al riesgo que incorporaban.

Esto suponía que el poseedor de las obligaciones podía perder parte de su inversión inicial, si intentara vender sus valores en el mercado secundario (AIAF).

SENTENCIAS CONTRA CAJA MADRID (BANKIA) POR LAS OBLIGACIONES

Ha habido sentencias favorables al consumidor que han declarado la nulidad de estas obligaciones.

Una de las más importantes fue en 2016 cuando 141 de los miles de afectados por este tipo de producto presentaron una demanda colectiva y el Juzgado de lo Mercantil de Madrid condenó a Bankia a devolverles el capital íntegro defraudado por la venta masiva de deuda subordinada de Caja Madrid, además de los intereses legales y las costas judiciales.

Los motivos de la declaración de nulidad fueron:

  • No se informó a los clientes sobre las características esenciales del producto que habían suscrito. Tampoco se les informó de la posibilidad de pérdida de la totalidad del capital.
  • A raíz del punto anterior, se puede afirmar que la entidad no cumplió con su deber de información.
  • No se realizaron test de idoneidad ni de conveniencia para conocer el perfil inversor del cliente.
  • El banco trató de confundir deliberadamente a muchos de sus clientes (todos de perfil minorista y gran parte de ellos personas mayores) mediante la transmisión de ideas erróneas respecto a la seguridad y la rentabilidad del producto que comercializaban.

Por todos estas razones, las sentencias señalan que hay vicio de consentimiento por parte de los clientes.

Esto se debe a que no fueron informados correctamente y de forma comprensible de los riesgos que suponía la contratación de estas obligaciones subordinadas.

¿PUEDO RECLAMAR?

Claro que sí. Este producto cuenta con sentencias dictadas a favor del cliente.

Por tanto si eres uno de los afectados y quieres reclamar, en Winu nos encontramos a tu disposición. Te ayudaremos con todo el proceso asignándote un abogado que gestionará tu caso y te mantendrá informado en todo momento del estado de tu reclamación.

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MARIA JESUS G - Abogada